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  • EL BREXIT Y SU IMPACTO EN LA IMPOSICIÓN INDIRECTA
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EL BREXIT Y SU IMPACTO EN LA IMPOSICIÓN INDIRECTA

14-03-2019

La salida del Reino Unido de la Unión Europea, en el proceso conocido como Brexit, abre un periodo de incertidumbre que afectará a las empresas que realizan negocios en Reino Unido. El Brexit tendrá un gran impacto en el tratamiento de IVA aplicable a las operaciones con dicho Estado, ya que pasará a ser considerado como un país tercero con todas las implicaciones fiscales que derivan de dicho tratamiento. En ausencia de un Acuerdo de salida definitivo, el Reino Unido será considerado como un país no-comunitario el 30 de marzo de 2019.

En este contexto, el pasado 1 de marzo, el Gobierno español aprobó el Real Decreto-ley 5/2019 por el que se adoptan medidas de contingencia ante la retirada del Reino Unido sin acuerdo (hard Brexit).

En particular, el articulo 20 hace referencia a las decisiones de las autoridades aduaneras. Los operadores británicos o españoles que realicen operaciones de comercio de bienes con el Reino Unido pueden presentar sus solicitudes aduaneras anticipándose a la consideración del Reino Unido como país tercero. Estas solicitudes no tendrán efectos hasta que se produzca el Brexit.

El primer paso para todas las compañías que realicen operaciones con bienes con el Reino Unido es obtener su número EORI, el cual es obligatorio de acuerdo con la legislación aduanera para declarar las importaciones o exportaciones. BDO en España está a su disposición para ayudarle con la solicitud de número EORI, asegurando de esta forma que su empresa esta preparada para hacer frente a este nuevo escenario.

Adicionalmente, BDO en España ha dispuesto un Brexit Hub en el que se ofrecen, entre otros, los siguientes servicios pensados para minimizar el impacto del Brexit en su negocio:

  • Análisis de IVA. – Nuestros expertos en el tratamiento del IVA analizarán su modelo de negocio para determinar cuáles son las modificaciones necesarias de cara a estar preparado y tener una operativa eficiente desde el punto de vista del IVA en el escenario de un hard-Brexit.
  • IVA a la Importación. – Podemos incluir a su empresa en el régimen de diferimiento de IVA a la importación. BDO España está especializada en la cumplimentación de todas las formalidades fiscales para ser incluido en este régimen.
  • Análisis de la operativa desde un punto de vista Aduanero. – Rediseñamos la estrategia aduanera de nuestros clientes y sugerimos alternativas eficientes desde un punto de vista de IVA y aduanas de cara a evitar costes innecesarios.
  • OEA. – BDO España puede ayudarle, guiarle y aconsejarle durante el procedimiento de obtención de la calificación de Operador Económico Autorizado.
  • Representación fiscal. – Las compañías británicas deberán nombrar un representante fiscal en España a efectos de IVA. BDO en España puede prestarle este servicio de representación fiscal a efectos de IVA.